La reforma constitucional en materia de doble nacionalidad será publicada este miércoles 7 de octubre de 2026 en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), luego de ser aprobada por el Congreso de la Unión y 22 legislaturas estatales. La disposición aplicará a partir del proceso electoral de 2028.
El decreto establece que las personas que busquen postularse a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México deberán renunciar a cualquier otra nacionalidad antes de solicitar su registro como candidatas o candidatos ante el Instituto Nacional Electoral (INE).
La reforma no elimina la doble nacionalidad
La consejera Jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, explicó que la modificación constitucional no impide que una persona tenga doble nacionalidad antes de iniciar un proceso electoral. El requisito consiste en renunciar a la nacionalidad adicional antes de presentar la solicitud de registro para alguno de los cargos contemplados.
La medida modifica disposiciones constitucionales relacionadas con los requisitos para ocupar la Presidencia de la República, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Su aplicación quedó prevista para los procesos electorales que comiencen en 2028, por lo que no tendrá efectos en las elecciones de 2027.
Pendiente definir el procedimiento de renuncia
La Consejería Jurídica señaló que posteriormente deberán emitirse disposiciones reglamentarias para precisar el trámite, los documentos requeridos y las autoridades ante las cuales deberá formalizarse la renuncia. El procedimiento podría involucrar tanto a autoridades mexicanas como a las del país cuya nacionalidad adicional tenga la persona interesada.
La reforma obtuvo la aprobación de las dos terceras partes de ambas cámaras del Congreso de la Unión y el respaldo de 22 congresos estatales. Con la publicación en el DOF, el decreto entrará en vigor conforme a los plazos establecidos en sus artículos transitorios.
La nueva disposición establece un requisito específico para quienes aspiren a los principales cargos ejecutivos del país, sin modificar de manera general las reglas de la doble nacionalidad para el resto de la ciudadanía.
