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TEEMICH deja sin sanción a Noroña en denuncia de Grecia Quiroz

El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMICH) rechazó por mayoría sancionar al senador Gerardo Fernández Noroña por las expresiones denunciadas por la presidenta municipal de Uruapan, Grecia Quiroz, en un procedimiento relacionado con presunta violencia política contra las mujeres en razón de género.

La decisión fue tomada durante una sesión pública celebrada el 10 de octubre de 2026. La mayoría del pleno consideró que las manifestaciones del legislador están protegidas por el principio de inviolabilidad parlamentaria y determinó dar vista a la Mesa Directiva del Senado para que actúe conforme a sus atribuciones.

El tribunal rechazó la propuesta de sanción

La magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos presentó una propuesta para acreditar la existencia de violencia política en razón de género y mantener las medidas que habían sido planteadas previamente contra Fernández Noroña. Entre ellas se encontraban una disculpa pública, capacitación en materia de género y la inscripción temporal en los registros de personas sancionadas por este tipo de infracciones.

Sin embargo, la propuesta fue rechazada por la mayoría del pleno. La postura mayoritaria sostuvo que las declaraciones cuestionadas guardaban relación con el debate político y con la función parlamentaria, por lo que debían analizarse bajo la protección constitucional de la inviolabilidad legislativa.

El caso aún genera interpretaciones distintas

Durante la sesión, Bahena Villalobos sostuvo que la inviolabilidad parlamentaria no puede extenderse de manera automática a cualquier expresión realizada por un senador, especialmente cuando se difunde en plataformas digitales personales y puede afectar los derechos político-electorales de una mujer que ejerce un cargo público.

La resolución también planteó que la Mesa Directiva del Senado determine lo que corresponda dentro de sus facultades. De acuerdo con la información disponible sobre la sesión, el tribunal no realizó un pronunciamiento de fondo sobre la existencia o inexistencia de violencia política de género, sino que centró su decisión en el alcance de la inviolabilidad parlamentaria.

Antecedentes del procedimiento

El caso tuvo resoluciones previas. En agosto, el TEEMICH había determinado que las expresiones difundidas por Fernández Noroña en videocharlas no estaban protegidas por la inviolabilidad parlamentaria, debido a que se emitieron fuera del ejercicio legislativo y desde canales personales.

A partir de esa resolución se habían planteado medidas como una disculpa pública, capacitación y la inclusión del senador en registros de personas sancionadas. Posteriormente, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó revisar nuevamente el alcance de la protección parlamentaria.

Tras la nueva decisión, Fernández Noroña celebró públicamente el resultado y afirmó que el tribunal determinó que no cometió violencia política de género contra la alcaldesa. Grecia Quiroz no había emitido, hasta la información disponible, un pronunciamiento sobre la resolución.

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